sábado, 24 de septiembre de 2011

Bañarte en el Nalón.

                                             USO LÚDICO DE LOS PANTANOS


No tenemos remedio. Cuando algunas personas iniciaron la reivindicación de utilizar para usos lúdicos las presas y  pantanos del Valle del Nalón, casi se “les fusila al amanecer”. Una vez analizada la propuesta detenidamente los que nos sumamos a esta iniciativa porque la veíamos muy interesante desde el punto de vista del empleo y el turismo, se nos puso en la picota en todos los foros incluidos los políticos por no coincidir con la corriente mayoritaria dentro del partido.
Pero con la misma contundencia que defiendo el permitir el ejercicio de la navegación y flotación diurna, entre la salida y la puesta del sol en presas y pantanos exijo la adopción de medidas tendentes a impedir que empresarios irresponsables y sin escrúpulos hagan lo que les de la gana con esta nueva actividad en el Valle.
Digo esto porque todos sabemos que existe el “canon de utilización de bienes del dominio público hidráulico” en lo que afecta a las autorizaciones para la navegación y flotación que creo está regulada por el artículo 112 del texto refundido de la Ley de Aguas.                                                                   
La ley les obliga a realizar “una declaración responsable para el ejercicio de la navegación  y flotación donde el declarante es el responsable de que todas las personas que empleen las embarcaciones cumplan con los requisitos establecidas en la misma.
De los diferentes protocolos que se tienen que cumplimentar destaco el referente a “la desinfección de embarcaciones y equipos”. Será obligatoria la desinfección tanto para las embarcaciones a motor como embarcaciones a remo y vela y debe de consistir en lo siguiente: 1. Vaciado de los restos de aguas presentes en las embarcaciones. 2. Revisión visual e inspección con retirada de residuos. 3. Aplicación de sistema mecánico de limpieza y adicción de agua caliente a presión. 4. Secado de embarcaciones y materiales mediante elementos secantes o al aire.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana ha dictado una resolución sobre la navegación y flotación, deportiva y de recreo en los embalses de dicha cuenca, permitiendo en los 29 embalses que gestiona, la navegación a remos y vela. Es más, ha derogado la resolución de 20 de junio de 2005, de la Confederación Hidrográfica que prohibía la navegación deportiva y de recreo en los embalses.
En Valencia son 20 los embalses en los que se autoriza la navegación recreativa con sus observaciones y prohibiciones (remo, vela y motor eléctrico).  Si ellos lo pueden hacer porqué no nos dejamos de pamplinas y lo hacemos aquí de una vez.
Vuelvo al inicio de esta opinión, basta que lo diga uno para que no se haga, pero si lo dice otro pues vale. Mira tú por donde, llevo más de seis años reivindicando que en la chimenea de Valnalon se haga el Mirador del MUSI y ahora lo reivindica otro columnista… pues bienvenido a la lucha compañero.




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